Seguros Offshore. En el tema offshore, el límite es la creatividad… y por supuesto el cumplimiento de la normativa fiscal y el compliance. En este ámbito de los seguros, existen diversidad de jurisdicciones que buscando la competitividad, ofrecen diversidad de licencias para compañías de seguros offshore.
Hablar de todas las posibilidades, sería algo encomioso y a la vez tedioso por que equivaldría a enumerar todas y cada una de las legislaciones, sus tipos de licencias y particularidades, que cuando se haya terminado el último territorio offshore, estaríamos teniendo que revisar nuevamente todo lo escrito por que seguramente hubo cambios legislativos.
No obstante lo anterior, al respecto te puedo indicar que más o menos en los 11 territorios de ultramar que posee Inglaterra, el 80% tiene legislaciones especiales para el negocio de Aseguradoras Offshore, en su gran mayoría, todas ellas tienen muchas similitudes, que hacen posible establecer ventajas y desventajas, como a continuación vemos:
Ventajas:
- Son propicias para negocios internacionales, pues su versatilidad y falta de leyes especiales de contratación, las hace adaptables a cualquier negocio particular.
- Son exentas de impuestos, en la mayoría de los casos o en otras sujetas a un impuesto sumamente reducido, que permite que la operación sea ampliamente viable.
- Debida Diligencia reducida, debido a que de acuerdo a su naturaleza, no puede prestar servicios a nacionales o empresas locales, su debida diligencia radica en tener que identificar el UBO o beneficiario final efectivo, para cumplimiento fiscal.
- De administración simple, por todas las razones anteriores, su administración es muy simple, pudiendo en algunos casos ser remota.
Desventajas:
- En el lugar de origen del asegurado, la debida diligencia es intensificada. Los bancos de ese país, piden que las transacciones sean ampliamente respaldadas, debido que los territorios de ultramar u offshore, son ampliamente revisados.
- En caso que no haya Tratado de Intercambio de Información Tributaria, la cuota de prima no puede ser deducible.
- Candados Legales, es posible que de acuerdo a la legislación se prohíba contratar en el extranjero los seguros.
No obstante lo anterior, el negocio puede ser todavía muy bueno, sobre todo porque se pueden establecer spin off, del negocio de seguros, tales como:
- Seguros y Reaseguros: Puede establecerse tanto una Aseguradora como una Reaseguradora, para poder realizar operaciones en cascada.
- Seguros Cautivos: Para aseguradoras relacionadas.
- Seguros Generales: Tales como embarcaciones, yates, helicópteros, responsabilidad patrimonial, etc.
- Ajustador de Seguros: Para poder investigar los riesgos cubiertos y pendientes de pago por parte de una aseguradora.
- Corredor de Seguros: Para dedicarse única y exclusivamente a la venta de seguros internacionales para la industria Offshore.
- Entre otros.
En el ámbito del comercio internacional, este tipo de seguro puede ser muy útil, sobre todo cuándo tenemos operaciones comerciales que no hay nacionalización de mercancías, por ejemplo:
La Empresa “A”, se dedica a la venta de Sim Card para teléfonos celulares, no obstante en el país “Y”, que no es él de su residencia, una compañía de telefonía estatal, denominada “Empresa C” realiza una Licitación Pública, donde la Empresa “A” por su experiencia de más de 10 años en el mercado, sale seleccionada.
Una vez seleccionada la Empresa “A”, contacta a la Empresa “B” ubicada en el país “Z”, quien es la fabricante “bajo modalidad de contrato OEM”, de las simcard telefónicas, para que prepare el lote a vender en el País “Y”.
Para poder aminorar costos, la Empresa “A”, requiere que desde las locaciones de la Empresa “B” se despache de manera directa a la Empresa “C” las simcard, pero teniendo en cuenta que la Empresa “B”, solo fabrica y vende bajo el incoterm “EXW”, es decir en su fábrica, correspondería a la Empresa “A” coordinar toda la logística para entregar a la Empresa “C”.
En el anterior supuesto, para formalidad y requisitos de aduanas, se debe emitir factura de venta a la Empresa “C”, por parte de la Empresa “A”, la cual no está localizada en el país “Z”, lo cual no representa mayor trabajo. Sin embargo, el seguro es un problema, por que una Aseguradora Local del País “Z” no tendría cobertura o consideraría un riesgo mucho mayor emitir este tipo de seguros, es ahí donde por medio de una aseguradora offshore, esta puede emitir un seguro de carga internacional para poder así cumplir con los requisitos de la Licitación Pública.
Por último, dicho lo anterior, siempre es recomendable reforzar todo lo acá dicho con un experto en la materia, que es el que puede evaluar verdaderamente cualquier riesgo.