Cuando hablamos de precios de transferencias, tenemos que estar claro que es una ciencia que puede representar un terreno algo árido para muchos y por ende puede representar muchas diferencias entre sus actores (administraciones tributarias y contribuyentes), que se resuelven por lo que se conoce como los procedimientos amistosos en precios de transferencias.
Las diferencias en materia de precios de transferencias que pueden surgir entre las administraciones tributarias y/o los contribuyentes, pueden ser de muchos orígenes, tales como:
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- Acceso a información relevante.
- Inexistencia de valor de mercado.
- Un rango de mercado.
- Operaciones únicas.
- Inexistencia de comparables públicos accesibles, etc.
Es por ello que, las directrices de precios de transferencia de la OCDE han contemplado los mecanismos destinados a evitar controversias, sobretodo en temas de precios de transferencia que contempla el involucramiento de una o más jurisdicciones.
Tipos de procedimientos amistosos:
- Procedimiento de acuerdo mutuo.
- Refugio seguro o safe harbour.
- Acuerdo de precios anticipados (APA´S).
- Procedimiento de arbitraje.
- Fiscalizaciones simultaneas.
Procedimiento de acuerdo mutuo.
En la jerga de precios de transferencia, se les conoce como PAM o MAP (por su acrónimo en inglés). Este procedimiento es el más tradicional que la OCDE estableció para que las administraciones tributarias, discutan todo lo relativo a los «Convenios para Evitar la Doble Imposición». Al respecto, puedes ver este post, titulado Red de convenios tributarios firmados por Panamá donde hablamos sobre la composición de este tipo de convenios.
Refugio seguro o safe harbour.
Este, es un régimen de protección para determinados contribuyentes, exonerándolos de ciertas obligaciones contenidas en la legislación tributaria y haciéndolos beneficiarios de un régimen excepcional, normalmente más simple. Al respecto, puedes ver este post sobre Refugio seguro o safe harbour.
Acuerdo de Precios Anticipados – APA´s
Estos constituyen un contrato por el cual se acuerdan con anticipación un conjunto de juicios referentes a métodos, conceptos de comparabilidad y de ajustes correspondientes, etc., que se aplicarán por un determinado período de tiempo para calcular los precios de transferencia de futuras transacciones a realizarse con partes vinculadas. Para ver más al respecto, puedes validar este post sobre Acuerdo de Precios Anticipados (APA´s).
Procedimiento de arbitraje en materia tributaria.
Las controversias fiscales ya no se limitan a los contribuyentes y AATT, sino que se extiende a empresas situadas en otras jurisdicciones y entre AATT entre sí, compitiendo entre ellas por una distribución adecuada de recaudación.
Fiscalizaciones simultáneas.
Las fiscalizaciones simultáneas conforman un aspecto de la asistencia mutua entre las administraciones tributarias de los distintos países y no cabe duda que el factor más importante es la obtención de información exacta que permita con seguridad obtener los resultados perseguidos, esto es la verificación de los precios en las transacciones