Nicaragua, es un país con una legislación comercial de más de 100 años (30/04/1914, se publicó el código de comercio vigente), la cual no previó en su momento el impacto de las concentraciones empresariales de manera tan exponencial e importante como son hoy en día, donde para ser más competitivos económicamente hablando, estamos en la obligación de armonizar nuestra legislación con los demás países y sobre todo con nuestros aliados comerciales de mayor importancia.
Países primer mundistas y otros en vías de desarrollo, han acordado una legislación comercial, societaria, fiscal y tributaria acorde a la nuevas tendencias. Logrando de manera puntual, convertirse en sinónimos legislativos de nuestros aliados comerciales. Solo basta detenerse a pensar en los requisitos para constituir una sociedad anónima en USA, Costa Rica, Panamá, UE y los países del Itsmo, para que nos demos cuenta que las legislaciones varían en prismas y enfoques, algunos justificados en medidas de seguridad o protección, pero no se niega el sentido que nos hacen menos competitivos en la captación de inversiones.
Nicaragua, posee una legislación comercial enfocada, desde el siglo pasado, al comerciante y los actos de comercio, no previó que la empresa como unidad de negocio, es el átomo de la economía. Pues, en ella residen o convergen múltiples factores como; la respuesta al desempleo, la respuesta a la defraudación fiscal, la respuesta a la defraudación aduanera, la respuesta a una economía retardada y estancada, en cuanto dinamismo financiero, bursátil, emprendimientos empresariales y sobretodo a la –casi lejana, en el contexto nicaragüense- migración de las empresas hacía una economía digital, se refiere.
Estos son temas poco tratados en el país, pero con una gran relevancia similar a la sencillez de los mismos, tales como; la concentración empresarial; fusiones; adquisiciones; diferencias con contratos de colaboración empresarial, co-branding, putting out system, just in time control autónomo de calidad, etc.; procesos de compras, fusiones y adquisiciones empresariales, entre otros…
Estos temas normalmente son tratados desde ópticas de profesiones tradicionales. Tienen que ser abordardos desde una óptica híbrida, consensuando criterios de: contadores, financieros, abogados, inversionistas, mercadologos, etc. Logrando así encontrar el punto donde convergen lo tradicionalista con la demanda del profesional híbrido que se exige en esta economía actual.