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Derecho contable
Derecho contable

Por marco jurídico contable se entiende que es el conjunto de normas que regulan la actividad del contador, es decir las normas por las cuales se debe regir la contabilidad de un país.

En Nicaragua el marco jurídico contable, debería de ser las normas que regulan la actividad del contador, es decir las reglas en las cuales debe basarse la contabilidad. Donde «presuponemos» que descansa en las normativas que emite el Colegio de Contadores Públicos de Nicaragua.

No obstante, desde el punto de vista jurídico el fin de semana me encontraba en una tarde con una amena plática sobre el tema con unos colegas y contador/administrador, donde desmarañamos el marco jurídico contable del país y llegamos a las conclusiones que te plasmó en este post;

1) ¿Que es una norma contable? Como norma contable podríamos identificar al precepto o regla que se utilizan para la preparación de la información contable.

2) ¿Quién las emite? dependiendo del alcance que tengan varía el emisor de las mismas… veamos;

Normas contables profesionales: Sirven como punto de referencia para los informes de auditoria y revisiones limitadas sobre los estados contables, por lo que de hecho constituyen un apéndice de las reglas que regulan dichas actividades. Afectan directamente a los Contadores Públicos, que actúan como auditores e indirectamente a los emisores. En el caso de Nicaragua estas son emitidas por el Colegio de Contadores Públicos,

Normas contables legales: Son aquellas que obligan a los emisores de los estados contables y a los profesionales que deben emitir opinión sobre los mismos. Los emisores pueden ser diversos, las normas legales dictadas por los organismos que tienen una facultad legal obligan a toda la comunidad en general, alcanzando tanto profesionales como a las entidades que están sujetas al control (Ejemplo de la superintendencia de Bancos, donde se obliga a las personas naturales en general y también a los Bancos). Las normas legales son creadas y reguladas por aquellas entidades que tienen una facultad legal. Estas pueden ser el poder ejecutivo a través de todas sus dependencias, sean estas autónomas o no. Que a su vez, tengan funciones generales tales como organizar y llevar el Registro Publico de Comercio; inscribe a comerciantes y auxiliares de comercio, lleva el registro de las sociedades anónimas y extranjeras, etc.

En el caso particular de Nicaragua tenemos los manuales únicos de cuentas que plasman las reglas del juego para la administración pública. Cada ente puede adoptar sus propias reglas para la preparación de los informes contables. También pueden emplear sus propios criterios para elegir, como por ejemplo que norma contable legal o profesional aplicar cuando estas admiten alternativas. Es decir el método contable legal o profesional, cuando exista más de uno.

3) ¿En Nicaragua hay una normativa contable? Sí si hay, tenemos las NIIF como norma contable profesionales y las normas contables legales emitidas por medio de manual único de cuentas de las entidades del Estado.

4) ¿Cuál es el valor jurídico de las normas contables profesionales? Estas solo afectan a los agremiados… es decir los CPA del Colegio… pues si vemos bien el Colegio no puede imponer la normativa contable que deben llevar las empresas… pues estas son de libre decisión por medio del pacto social…

5) ¿Puede una empresa llevar una contabilidad por otro medio que no sean las NIIF? Desde el punto de vista jurídico sí! las NIIF solo mandan y obligan a los CPA, no a las empresas para escoger el marco contable que deben llevar.

6) Entonces, ¿Por qué los bancos y otras empresas exigen las NIIF cuando hacen transacciones entre comerciantes o sujetos privados de derecho? Bueno, por que a nivel internacional existe una tendencia a utilizar este método contable para poder realizar transacciones de carácter comercial entre sujetos de derecho (préstamos, seguros, salidas a bolsa, etc) por cuanto brinda mayor seguridad en la radiografía financiera que se puede obtener de la lectura de un informe contable.

7) ¿Las empresas pueden seguir utilizando los principios de contabilidad generalmente aceptados? sí, no se les inhibe el uso de esa normativa contable, siempre y cuando, no traten de realizar operaciones comerciales como las de la pregunta anterior. Ejemplo,creo una sociedad para un bien de lujo (Yate) y mi contabilidad la llevo por los principios de contabilidad generalmente aceptado ya que me conviene más la formalidad contable o el trato que me permite darle a los pasivos este método contable vs las NIIF.

De esta forma podemos ver que el Derecho Contable dista un poco de la creencia que existe en Nicaragua sobre quien puede crear y derogar las normas contables vigentes…. Así como las funciones del Colegio de Contadores Públicos. Lo cual es tema de otro post….

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