Activos biológicos y su tratamiento fiscal. Un activo biológico, es toda planta o animal vivo, que produce algún beneficio económico a su propietario y que por ende es finita. Es decir tiene una vida útil.
Según las NIIF, es una planta o animal vivo, la cual tiene una especie particular de registrarse en la contabilidad. Por ello, la NIC 41 establece que un activo biológico, se determina durante el “crecimiento, degradación, producción y procreación” de un animal o una planta, que representan en consecuencia los cambios cualitativos (cualidades) y cuantitativos (cantidades). Me quedo hasta ahí por que mí rama es la tributación no la técnica contable .
En el caso de los animales estos se considerarán activos biológicos desde su nacimiento; y en el de las plantas desde que son sembradas.
A manera de ejemplo, tenemos el ganado bovino, donde pueden salir varios subproductos de origen agropecuario, tales como la carne, piel, sangre, tripas, etc, los que a su vez sirven para la elaboración de otros productos (los cuales no son considerados activos biológicos), como productos de marroquinería, embutidos, suplementos para alimento animal, etc.
En el mismo sentido, tenemos los árboles frutales, de los cuales obtenemos las frutas y que a su vez se puede convertir en subproductos como pulpa procesada o jaleas.
Ahora imaginemos cuanto nos cuesta levantar una vaca o un árbol hasta la edad de obtener el producto que nos da la ganancia respectiva. Por lo tanto, el activo biológico tendrá el valor contable de todos los costos y gastos asociados directamente a su producción hasta que proceda a brindar la ganancia respectiva.
En el momento que el activo biológico brinda su ganancia respectiva, es donde puede comenzar a Depreciarse (al respecto te recomiendo ver el post sobre Depreciación o Amortización), y digo «Puede» por que también puede ocurrir lo contrario y que no se deprecie sino que se consuma o venda la totalidad del mismo (vaca para venta en canal).
Por ejemplo, los activos biológicos pueden tener diversos tratamientos fiscales con respecto a la depreciación o amortización, veamos:
- El Cultivo del Aguacate, tiene un periodo de gestación de 4 a 5 años. Por lo tanto, se amortiza hasta que comienza a dar frutos. Todo lo que conllevo para llevarlo a este punto se cataloga como inversión y no como gasto.
Siempre y cuando esté ligado al activo biológico. - El Ganado, su tratamiento depende del propósito (engorda, lácteo, doble propósito) y la raza, pues supongamos que tenemos una empresa de venta de genética de ganado de canal, donde normalmente lo que se vende son becerros, sin embargo de raza a raza varía el periodo de aptitud de gestación, por lo que cada activo biológico debería comenzar a amortizarse hasta que logra su cometido, es decir dar a luz a un becerro.
- Aves de corral, el cual también puede ser de varios propósitos (carne, huevo, multi propósito) en este caso tendremos que conocer igualmente de sobremanera la raza y las características genotípicas de cada especie para establecer el periodo de amortización de este activo.
Estos periodos de amortización podemos ver que implican una amplia variedad… Pues, ¿Te has preguntado cuántos tipos de razas y activos biológicos pueden existir? Muchas…
Para reconocer la amortización de ellas, es posible que se nos exija un peritaje oficial sobre el periodo de validez de los activos biológicos, siempre que sea necesario por la particularidad de algunos activos.
Cuando digo: <<Peritaje Oficial>> no me refiero a los peritos de la SIBOIF, sino que me refiero a un entendido en la materia, el cual puede ser un regente forestal, un agronomo, un veterinario, etc.
Ahora con respecto a que se considera inversión del activo biológico y que no, es algo que no está reglamentado, todavía. Pero, la regla general es que se considerará inversión todo lo que tenga conexión directa con la producción del activo biológico. Esto es importante para poder definir los activos biológicos y su tratamiento fiscal.
Por ejemplo: En el caso anterior del Aguacate, será considerado como inversión: La plántula de aguacate, el trabajo del mozo para hacer el hoyo, el abono, las podas, el raleo de la plantación, etc. Pero, en este caso, no podemos incluir como parte de esa inversión sistema de riego, pues este tiene un método propio de depreciación, tal cómo expliqué en este post anterior. Tampoco podemos incluir el salario del administrador de la Finca o el costo de la Gasolina para diligencias propias de la empresa.
Este tema de los activos biológicos y su tratamiento fiscal es sumamente importante, debido que en Nicaragua todavía la mayoría de las empresas dedicadas a actividades agrícolas son PYMEs, por ello es importante que también se revise este otro post sobre El Régimen Fiscal de las PYMES en Nicaragua. Igualmente, es importante tener claro que las empresas dedicadas a actividades agrícolas, pueden utilizar el Régimen Simplificado de Bolsa Agropecuaria.
Siendo, así espero haberme explicado y que te guste este post, como siempre deja tus comentarios y nos seguimos por estas vías…
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